Hace unas semanas nos preguntamos, desde este mismo espacio, si es posible un Estado “neutral” en materia moral y/o religiosa. La conclusión a la que arribamos es que esto resulta imposible. Habíamos dejado pendiente responder al siguiente interrogante: cuál debe ser -no simplemente la que se da y releva- la concepción moral y religiosa del Estado. Nuestra respuesta se inspira, razonablemente, en la Doctrina Social de la Iglesia.­

“El deber de rendir a Dios un culto auténtico corresponde al hombre individual y socialmente considerado -enseña el Catecismo de la Iglesia Católica-. Esa es `la doctrina tradicional católica sobre el deber moral de los hombres y de las sociedades respecto a la religión verdadera y a la única Iglesia de Cristo’ (Concilio Vaticano II). Al evangelizar sin cesar a los hombres, la Iglesia trabaja para que puedan “informar con el espíritu cristiano el pensamiento y las costumbres, las leyes y las estructuras de la comunidad en la que cada uno vive” (Concilio Vaticano II, Apostolicam actuositatem, 13).­

Deber social de los cristianos es respetar y suscitar en cada hombre el amor de la verdad y del bien. Les exige dar a conocer el culto de la única verdadera religión, que subsiste en la Iglesia católica y apostólica (cf. Concilio Vaticano II, Dignitatis humanae, 1).­

Los cristianos son llamados a ser la luz del mundo (cf. Concilio Vaticano II, Apostolicam actuositatem, 13). La Iglesia manifiesta así la realeza de Cristo sobre toda la creación y, en particular, sobre las sociedades humanas (cf. León XIII, Carta enc. Immortale Dei; Pío XI, Carta enc. Quas primas)”.­

Como destacamos en otra oportunidad, conviene reparar en la fecha (11 de octubre de 1992) en que fue promulgado el Catecismo, dado que, por motivos que no es el caso examinar ahora, más de uno tiene la convicción de que la Iglesia dejó de enseñar la realeza de Jesucristo sobre las sociedades humanas, incluida la política, con posterioridad al Concilio Vaticano II (1962-1965). Además, conviene resaltar que, en el parágrafo citado, figuran referencias a dos documentos del Concilio Vaticano II: la declaración Dignitatis humanae del 7 de diciembre de 1965 y el decreto Apostolicam actuositatem del 18 de noviembre de 1965.­

Por último, se remite a dos textos capitales del magisterio eclesial respecto del tema del que se viene tratando: la encíclica Immortale Dei de León XIII (1 de noviembre de 1885) y la encíclica Quas primas de Pío XI (11 de diciembre de 1925). La Iglesia sigue enseñando, entonces, la necesidad de que Jesucristo reine sobre las sociedades humanas, incluidas las políticas”.­

Ahora señalemos que la de la que habla Pío XII en su Discurso a los habitantes de Las Marcas residentes en Roma (23 de marzo de 1958) debe darse en simultáneo con la unión Iglesia-Estados. Allí afirma el papa Pacelli que “la ciudad [en este caso, la comunidad política de Las Marcas, Italia] será parte viva de la Iglesia si en ella la vida de los individuos, la vida de las familias, la vida de las grandes y de las pequeñas colectividades, estuviera alimentada por la doctrina de Jesucristo, que es amor de Dios y, en Dios, amor del prójimo. Individuos cristianos, familias cristianas, ciudades cristianas, marcas cristianas”.­

De esta manera, puede apreciarse que no tiene sentido -no obstante el lugar común acrítico instalado en la mente de buena parte de católicos y no católicos desde hace varios años- afirmar que, a partir del Concilio Vaticano II, la Iglesia dejó de enseñar el ideal del estado confesional católico. La lectura del numeral 1 de la Declaración Dignitatis humanae es clara: “puesto que la libertad religiosa que exigen los hombres para el cumplimiento de su obligación de rendir culto a Dios, se refiere a la inmunidad de coacción en la sociedad civil, [el Concilio Vaticano II] deja íntegra la doctrina tradicional católica acerca del deber moral de los hombres y de las sociedades para con la verdadera religión y la única Iglesia de Cristo”. Es cierto, no obstante, que la praxis eclesial no siempre resulta coherente con la enseñanza de la debida unión entre las Comunidades políticas y la Iglesia. De otra manera, ¿cómo se explicaría la renuncia -práctica cuando no teórica- de recordar la necesidad de “informar con el espíritu cristiano el pensamiento y las costumbres, las leyes y las estructuras” de la República Argentina?­

Germán Masserdotti

http://www.laprensa.com.ar

(Foto: Canva)

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Germán Masserdotti
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