Decíamos en un artículo anterior[1], en base a una publicación realizada por el gobierno nacional[2], que las actuales circunstancias de pandemia y la crisis social-económica por la que está atravesando Argentina pretenden ser aprovechadas para legitimar un peligroso avance del Estado e imponer, como veremos, una nueva normalidad que atenta contra los derechos más elementales de la persona.

Algunas afirmaciones.

Alejandro Grimson, asesor presidencial y uno de los ideólogos de la nueva normalidad a la que apunta el actual gobierno nacional, expresó: “Es la Democracia que toma decisiones según reglas que ella misma establece” [3]

Por su parte, Paula Canelo afirmó que estas circunstancias excepcionales representan una oportunidad para construir una nueva estatalidad y también “(…) La discusión y definición de una ética específicamente estatal que defina valores e intereses que nos son comunes a todos: la solidaridad, la igualdad y la responsabilidad del cuidado de lo común” [4]

Diego Sztulwark, otro de los autores, afirmó: “El estado fuerte activa mecanismos de salvación excepcionales que bien se podrían convalidar como regularidades habituales para el tiempo que viene (…) una reflexión que bien puede estar extendiéndose de una imagen restringida a una ampliada de los cuidados públicos (abarcando las formas de producción, circulación y consumos)” [5]

Sin duda alguna, esta nueva estatalidad que se pretende imponer resulta un peligroso avance hacia la construcción de un Estado totalitario, por las siguientes razones:

En primer lugar, reivindicar un Estado fuerte a partir del cual sus mecanismos de salvación se vuelvan regulares y habituales, ampliando los cuidados públicos a las distintas formas de producción, circulación y consumos, como afirma Sztulwark, supone la injerencia del soberano en ámbitos que no son de su competencia, socavando así la seguridad jurídica, la propiedad privada y el debido funcionamiento de las instituciones propias de una economía de mercado libre. Ejemplo de ello es la reciente decisión del gobierno nacional de intervenir y expropiar una empresa local, en trámite judicial con concurso de acreedores, mecanismo de salvación justificado por las autoridades nacionales invocando razones de seguridad alimentaria, razones muy cuestionadas por cierto.[6]

Sin duda, el Estado, como garante del Bien Común, tiene un protagonismo decisivo en el ordenamiento económico y social, pero en todo caso los mecanismos de salvación, debidamente justificados, no debieran ser lo habitual y mucho menos los cuidados públicos debieran extenderse a ámbitos que son propios de la iniciativa privada.

La prudencia, virtud por excelencia de todo gobernante, indica que la intervención del Estado debe estar orientada por el principio de Solidaridad, mediante el cual interviene en forma directa y cuando el Bien Común así lo exija y justifique (ej. seguro de desempleo), y por el principio de Subsidiariedad, que supone la prelación de libertades y de responsabilidades, por el cual interviene en forma indirecta estimulando, fomentando, ordenando, supliendo y completando la iniciativa privada.[7]

En cuanto a las afirmaciones realizadas por Paula Canelo que pretenden instalar una nueva estatalidad y una ética estatal que defina valores e intereses colectivos, las mismas suponen  un atropello a la identidad de la Nación. En efecto, la Nación es la depositaria de los vínculos de sangre, de religión, de solidaridad interna, de la cultura y valores que identifican a una comunidad de hombres frente a otras, el Estado no es nada más que el ordenamiento jurídico y política de la Nación. Y dicho ordenamiento puede,  como de hecho ocurre, contrariar esos mismos valores y sentimientos nacionales. De modo que no es competencia del Estado la definición de valores o de una ética estatal, muy por el contrario, el Estado debe estar al servicio de la Nación y nutrirse de su identidad y matriz cultural a efectos de poder cumplir adecuadamente con su propia finalidad, el Bien Común.[8]

Por último, si la Democracia es la que toma decisiones, tales decisiones deben respetar el orden establecido y anterior a cualquier forma de gobierno, de lo contrario, si decide por las reglas que ella misma establece como dice Grimson, y tales reglas no se ajustan al deber ser de  las cosas, esa Democracia se convierte en la peor forma de totalitarismo. A modo de ejemplo, en la actual situación de pandemia, al amparo de esta nueva ética estatal y mientras las autoridades políticas proclaman el cuidado de la gente como objetivo prioritario, el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires gastó en los últimos meses más de 25 millones de pesos en la compra de comprimidos abortivos, atentando así contra el derecho más elemental como lo es el derecho a la vida[9]. Decisión tomada democráticamente.

Con justa razón afirmó el entonces Papa Juan Pablo II: “Una auténtica democracia es posible solamente en un Estado de derecho y sobre la base de una recta concepción de la persona humana (…) A este propósito, hay que observar que, si no existe una verdad última que sirva de guía y oriente a la acción política, fácilmente las ideas y convicciones humanas son instrumentalizadas con fines de poder. Una democracia sin valores se convierte en un totalitarismo visible o encubierto, como lo demuestra la historia”[10]

Que el Sagrado Corazón de Jesús salve al pueblo argentino de esta nueva normalidad.

Daniel Passaniti

Junio 2020

Mes del Sagrado Corazón de Jesús

 

[1] La reedición del Leviathan: Publicado en La Prensa el 3/06/2020 y en el Boletín del Observatorio Internacional cardenal van Thuan para la Doctrina Social de la Iglesia el 12/06/2020.

[2] El futuro después del COVID-19: argentina.gob.ar/argentina-futura

[3] Ibid, pag. 6

[4] Ibid, pags 19 y 22

[5] Ibid, pag 34

[6] Caso Vicentín, Decreto PEN 522/2020 del 9 de junio de 2020.

[7] Cfr. Compendio DSI, Nros 167, 168, 185, 186, 187, 192, 193, 195 y 351

[8] Carmelo E. Palumbo: Guia para un estudio sistemático de la DSI, Ed.CIES -4ta edición, Bs As 2004

[9] NOTIVIDA: Año XX –Nro 1199, del 17/06/2020

[10] SS Juan Pablo II: Centesimus Annus, Nro 46

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Daniel Passaniti

Membro del Collegio degli Autori